Quiero cobrar mi plan, ¿cómo hago?

10/12/14 - Noticia Planes de Pensiones

Usted es de los españoles previsores que decidieron ir haciendo hucha poco a poco para llegar a la jubilación con un complemento económico a la pensión pública, y ahora, pasados unos años, ha llegado el momento en el que puede acceder ya a su dinero ahorrado. ¿Qué pasos debe seguir para cobrarlo?

Lo primero que debe tener muy claro es en qué caso se encuentra de los varios supuestos que dan derecho a rescatar las aportaciones a un plan de pensiones.

Recuerde, estos son: jubilación, fallecimiento –en este caso, claro está, serán sus herederos quienes cobrarán la prestación–, desempleo –un supuesto cada vez más utilizado dada la actual situación económica–, enfermedad grave o desahucio –esta posibilidad solo durará un tiempo más– y a partir del 1 de enero entrará en vigor la opción de acceder al dinero una vez transcurridos diez años desde el inicio de las aportaciones.

La contingencia más común es el de llegar a la jubilación trabajando. Si es así, todo es bastante más sencillo, ya que solo tendrá que dirigirse al promotor del plan y entregarle cierta documentación. Entendemos por promotor a la entidad que le vendió el producto, en el caso de planes individuales, o la comisión gestora, en el caso de los planes de empleo, es decir, los suscritos por una empresa para sus trabajadores...

Vera Castelló (Cinco Días)
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