¿Se puede rescatar un plan de pensiones?

26/06/15 - Noticia Planes de Pensiones

Un usuario de nuestra revista nos hacía la siguiente consulta: "Sufrí un ERE y soy parado de larga duración. En estas circunstancias ¿puedo rescatar mi plan de pensiones? También me gustaría que me recomendaran un plan de rescate para tener el menor impacto fiscal, de acuerdo con los datos que le facilito: Los derechos consolidados son 100.000 euros, de los cuales 50.000 fueron aportados antes del 31-12-2006 y los otros 50.000 con posterioridad. En abril cobré la última prestación por desempleo.

Tengo 58 años y hasta los 63 no puedo optar a la jubilación, por lo que, desde abril de 2015 hasta abril de 2020, no tendré ingresos. Tengo dos hijos, uno de 17 y otro de 19 años, y mi esposa es funcionaria. Si planteo un rescate anual en forma de rentas mensuales, ¿qué ocurre si comienzo a trabajar? ¿Hay que interrumpir el rescate?"

Si bien el dinero invertido en un plan de pensiones no puede recuperarse hasta la jubilación, sí es posible cobrarlo, por ejemplo, cuando te quedas sin empleo. Este es uno de los supuestos especiales de liquidez incluidos en la ley, junto con enfermedad grave y desahucio de la vivienda, este último introducido en 2013. Para rescatar el plan de pensiones por desempleo se deben cumplir algunos requisitos: Encontrarse en situación legal de desempleo, no tener derecho a la prestación o haberla agotado (incluso el subsidio de los 400 euros), y estar apuntado como demandante de empleo en el servicio público correspondiente en el momento en el que se solicita el rescate. En cualquier caso, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones exige que el plan de pensiones debe recoger expresamente las nuevas posibilidades de rescate, algo a lo que se han acogido la mayoría de las entidades (aunque pueden existir algunas excepciones muy minoritarias y, por ello, es aconsejable consultar el reglamento del plan antes de solicitar el rescate).

También se puede recuperar el dinero invertido en un plan cuando se está afectado por un ERE, el desempleo se debe a la quiebra de la empresa o a la jubilación o fallecimiento del empresario, si se es objeto de un despido por causas objetivas o si la empresa entra en un procedimiento concursal. A la hora de rescatar el plan, por lo general, se pagan más impuestos si se rescata en forma de capital (de una sola vez), puesto que las prestaciones que se reciban tributarán como rendimientos del trabajo, sujetos a retención a cuenta y al tipo marginal que corresponda (y que puede verse incrementado por el cobro de estas prestaciones).

Profim (Finanzas)
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